En el marco de la pandemia por el COVID-19 Mauricio Oliva: “Iniciaremos socialización de Ley de Auxilio Financiero que beneficiará a todos los deudores del país”

En el marco de la pandemia por el COVID-19 Mauricio Oliva: “Iniciaremos socialización de Ley de Auxilio Financiero que beneficiará a todos los deudores del país”

El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, dejó claro este jueves que el Plan Financiero de Rescate Solidario, presentada por el Poder Ejecutivo, será ampliamente consensuada con todos los sectores previo a su discusión en el pleno del legislativo.

“Hemos recibido por parte del Poder Ejecutivo la Ley de Auxilio Financiero a Deudores, en el marco de la pandemia que contempla un Plan Financiero de Rescate Solidario (FIRS) para bajar tasas de interés a personas y MIPYMEs, readecuar préstamos e incentivar la producción y empleo”, anunció Oliva.

Con el objetivo de que tenga el mayor impacto y beneficio para la gente –agregó Oliva- consensuaremos esta iniciativa con todos los sectores involucrados MIPYMEs; cooperativas; cámaras de comercio; AHIBA; Cohep; Banco Central de Honduras; Comisión Nacional de Bancos y Seguros, y la sociedad civil.

Los beneficiarios de la Ley serán todas las personas naturales y las personas jurídicas pertenecientes de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME), que, al momento de la entrada en vigencia del plan, en dificultades financieras para pagar sus obligaciones crediticias como efecto de la pandemia causada por la enfermedad del COVID-19.

El proyecto de ley contempla que: las Instituciones del Sistema Financiero, Institutos Previsionales, Sistema Cooperativo de Ahorro y Crédito, Organizaciones Privadas de Desarrollo financieras (OPDF) y Prestamistas No Bancarios, no podrán capitalizar intereses sobre intereses, por los pagos no realizados durante el período comprendido entre el uno de marzo del año dos mil veinte y treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno.

Asimismo, la prohibición de aplicar cargos moratorios, cargos por servicios, o cualquier otro costo o cargo adicional a la tasa de interés pactada en los contratos de crédito, incluyendo Tarjetas de Crédito. Se excluye de esta prohibición el cobro de seguros de vida o daños que respaldan las operaciones de crédito.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *